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viernes, 25 de julio de 2008

SENADO URUGUAYO APRUEBA ADOPCIÓN DE NIÑOS POR PAREJAS HOMOSEXUALES


Con gran malestar en la Iglesia Católica, el Senado uruguayo ha aprobado un proyecto de ley que incluye la adopción de niños por parte de parejas gays, modificando el Código de la Niñez y la Adolescencia, según fue publicado, entre otros medios, por la página Ambiente G, que transmite su regocijo por los avances logrados en la legislación uruguaya, poco tiempo después de la aprobación de las uniones civiles entre personas homosexuales.-

La propuesta salió adelante con 17 votos a favor, de un total de 25 legisladores que se encontraba en ese momento en el Senado, no prosperando, en cambio, un proyecto del Partido Nacional que lo prohibía expresamente.-

La Archidiócesis de Montevideo, a través de un comunicado del Instituto Pastoral de Bioética "Juan Pablo II", consideró "altamente negativo" este proyecto de ley en el entendido de que "constituye una transgresión a los derechos del niño".-

Para la Iglesia, los homosexuales deben ser respetados como personas, pero ese respeto y esa tolerancia "no implican que la sociedad deba admitir, como legítimo, el presunto derecho de las parejas homosexuales a adoptar niños" pues no se les puede imponer "una forma antinatural de convivencia" a "tantos niños y niñas uruguayos que ya tienen suficiente con carecer de una familia, y no necesitan que encima se les imponga la carga de una crianza antinatural".-

El comunicado afirma que la familia "es la base de la sociedad porque, sustentada en la unión de un varón y una mujer, tiene la posibilidad de trasmitir la vida y con ello posibilitar el desarrollo de la misma sociedad. Este es un principio de ley natural que va más allá de nuestros gustos, preferencias o creencias y que además está recogido en la Carta Magna".-

La Iglesia entiende que los niños requieren de una figura paterna y de una figura materna. "Una pareja homosexual, que por serlo no puede brindar esta presencia, no está objetivamente en condiciones de reclamar el derecho de adoptar niños", según el comunicado. Además señaló que la evidencia científica internacional indica que hay mayores porcentajes de homosexualidad en niños que fueron criados por parejas homosexuales.-

También niega que la adopción de parejas homosexuales sea necesaria para sacar a los niños de la situación de calle, teniendo en cuenta la cantidad de parejas heterosexuales que esperan para adoptar y demoran por culpa la burocracia. Así, legisladores del Partido Nacional, contrarios al proyecto, señalaron que hay 200 parejas en la lista del INAU, que da en adopción unos 60 niños por año.-

El Comunicado del Instituto Pastoral de Bioética recuerda que, de acuerdo a la Convención Internacional de la Haya y al Código de la Niñez y de la Adolescencia, en la adopción siempre debe primar el interés del niño pues la finalidad del proceso es encontrar una familia para un niño y no encontrar niño para una pareja (el destacado nos pertenece).-

La Iglesia entiende que en este proyecto de ley se invierte el orden al posibilitar que el niño esté al cuidado de dos personas del mismo sexo y no se respeta el interés superior del niño que debe ser criado por un hombre y una mujer para un buen desarrollo. "Un niño no sólo necesita afecto y alimentación sino que naturalmente, para su correcto desarrollo psico-afectivo, necesita ser educado y formado en lo posible por un padre y una madre", expresa la Institución, quien se pregunta qué respuestas se deben dar a los niños que al ser adoptados por una pareja homosexual sufran tensiones psicológicas generadas por el entorno en el que viven y cómo se les explica las diferencias con sus amigos que tienen madre y padre.-

La Iglesia, que manifiesta tener esperanzas de que dicho proyecto no prospere en la Cámara de Diputados, sostiene que antes de votar, los legisladores deben hacerse estas preguntas:

"¿A mí me hubiera gustado crecer en una familia con "dos papás" o con "dos mamás"? ¿No fue mejor acaso, crecer con un papá y una mamá? Si mi mujer y yo tuviéramos un accidente y falleciéramos ambos... ¿estaría de acuerdo en que a mis hijos los adoptara una pareja homosexual, o preferiría que los adoptara un matrimonio común y corriente? ¿Cómo puedo imponerles a unos niños que carecen de libertad, de conciencia, de voz y de voto para decidir por sí mismos, la obligación de ser criados por una pareja de homosexuales, si no es lo que querría para mí ni para mis hijos?".-


Estas preguntas serían obligadas para todos, y de hecho, lo son, aún para los homosexuales, que, al contrario de lo que pudiera pensarse, no están unánimemente de acuerdo con la posibilidad de que se les permita adoptar niños, sobre todo, por el sufrimiento que les acarrea vivir según su condición.-

viernes, 18 de julio de 2008

LA PRUEBA DEL ABUSO SEXUAL CONTRA NIÑOS Y ADOLESCENTES


Cómo dar una respuesta rápida ante las denuncias de abuso sexual a menores es lo que alarma a varios diputados frentistas de la comisión de Constitución. Se intenta fijar un plazo breve, entre 72 y 24 horas, para separar al agresor.

¿Es viable realizar un diagnóstico certero en un plazo tan breve, con las garantías suficientes para los involucrados? Eso se preguntan en el Frente, cuyos diputados manejan algunos borradores para modificar un proyecto ya votado en el Senado que reforma en este tema el Código de la Niñez. Aunque todavía no hay consenso en la interna, los diputados apuntan -junto al INAU- a la desjudicialización de ciertos casos de maltrato y que, si llegan al juez, sea con la mayor cantidad de información posible, para adoptar las medidas cautelares de protección y que la definición del proceso sea rápida, dijo a El País el diputado de la Vertiente Artiguista, Edgardo Ortuño.

El juez tendría un plazo para adoptar medidas cautelares y, si corresponde, sacar al niño o al agresor del hogar. En la comisión evalúan el tipo de medidas cautelares, las condiciones para adoptarlas y su gradualidad, indicó el diputado del MPP Javier Salsamendi.

En ese contexto, la directora de la clínica de Psiquiatría Pediátrica de la Facultad de Medicina Laura Viola (grado cinco) dio ayer su visión sobre el tema a la comisión, junto a otros profesionales de la facultad. Los expertos indicaron que si existe una denuncia espontánea de un niño, "con palabras propias y de forma precisa", en el 95% de los casos se comprueba que la denuncia es real.

Pero advirtieron que "no es lo más común que el menor relate espontáneamente la agresión", salvo cuando el agresor es un desconocido. En los hechos, las cifras internacionales indican que sólo el 60% de las denuncias de abuso se comprueban, dijo Viola a El País.

MANIPULACIÓN. Las falsas denuncias pueden ocurrir cuando hay interpretaciones erróneas de familiares, cuando el discurso del niño se ha "contaminado" del de sus cuidadores, cuando ha sido "intencionalmente manipulado" o presionado. "Si la sospecha se desestima, ¿quién repara al progenitor? ¿El progenitor que acusó falsamente al otro debe seguir viviendo con el niño? ¿O ha cometido abuso emocional o negligencia?", preguntó Viola.

La doctora puso un ejemplo: "Si el niño le dice a la mamá que el padre le hizo cosquillas y la madre malinterpreta que hubo abuso y adjudica intenciones equivocadas, ahí la situaciones es más compleja".

Así, Viola hizo hincapié en las complejidades de las denuncias de abuso sexual, que no suelen dejar consecuencias físicas: dijo que se trata de un fenómeno de difícil visibilidad para el profesional, debido a la "privacidad del suceso".

Entonces, el discurso del menor se vuelve "clave" si las condiciones de la entrevista son "rigurosas". Viola explicó que los preescolares suelen revelar la situación en forma accidental o bajo la influencia de un "estímulo evocador". Los escolares y adolescentes, en cambio, lo dicen a una persona digna de su confianza.

"Cuando un niño realiza una denuncia de abuso, la primera posibilidad que debe ser considerada es que la denuncia es verdadera", dice un estudio de los estadounidenses Mark Lipian, Mark Mills y Anne Brantman, manejado ayer. Pero el informe indica que de tres millones de denuncias de abuso y negligencia en Estados Unidos en 2001, sólo en la tercera parte -cerca de un millón- se determinó que las víctimas habían sido abusadas.

Un estudio similar realizado en Canadá en base a 135.573 denuncias de maltrato y abuso sexual, dio como resultado que el 45% tenían sustento, en el 22% de los casos había dudas y un 33% no tenían sustento.

CAUTELA. Aunque coincidió en la necesidad de un nuevo marco legal, el discurso de la experta pareció contrariar en algunos aspectos el apuro por resolver los casos sí o sí en forma breve. "Ojalá en todas las situaciones de abuso sexual fuera fácil de decir: este sí y este no. Pero no lo es. A diferencia del maltrato físico, el abuso sexual en niños en general no tiene lesiones físicas que lo evidencien, ni procesos infecciosos", dijo Viola. La razón es que el abuso sexual infantil suele ser sin penetración, y lo más común es encontrar consecuencias emocionales, indicó Viola. Por eso, se depende de testimonios y diagnósticos.

Y apuntó: "Tenemos muy claro que el abuso sexual existe y es importante, pero nuestro discurso debe ser científico, para poder apoyar al niño que ha sido abusado. A veces un niño que sí sufrió un abuso es visto por un entrevistador sin calificación, y eso lleva a que el niño no pueda dar un relato veraz y luego el juez no puede tomar en cuenta el relato, que deja de ser real y está contaminado por el evaluador adulto".

Viola y su equipo hicieron hincapié en la calificación técnica de los peritos y entrevistadores y en evitar acusaciones infundadas. "Los relatos surgidos de interrogatorios repetidos, plagados de preguntas inductorias, carecen de toda validez e incluso pueden significar la pérdida de un elemento probatorio por la impericia de quienes conducen la entrevista", dice el profesor adjunto en medicina legal Hugo Rodríguez, en un libro publicado en 2006. Rodríguez, que ayer acompañó a Viola, entiende que está contraindicada la reiteración de interrogatorios. De hecho, el proyecto de ley a estudio establece un solo interrogatorio, y en lo posible con cámara de Gesell (sala con vidrio de visión unilateral)

Hoy más del 90% de los casos de abuso y maltrato responden al seno intrafamiliar. Los expertos entienden que es "casi imposible" que una madre no sepa del maltrato.

PASOS. Para el diputado blanco Álvaro Lorenzo, presidente de la comisión de Constitución, el punto central es lograr un sistema de protección eficiente contra el abuso infantil, asegurándose que esa prevención no genere víctimas inocentes. "Pero no tenemos que cobrar al grito, por más que sea un tema sensible para la opinión pública. Si lo hacemos, caemos en un zafarrancho. Debemos estudiar con profundidad este proyecto, para que la separación del niño o el agresor sea con total rigurosidad", indicó.

Salsamendi está de acuerdo en acelerar el proceso, pero se hace algunas preguntas: "¿Có-mo generamos un mecanismo rápido que no desestime denuncias ciertas, pero que tampoco acuse a inocentes? ¿La celeridad del proceso va en contra o a favor de los niños?".

Viola, en tanto, advirtió que los niños tienen hoy información no adecuada para su edad: "Pensemos en el baile del caño y nos daremos cuenta qué cantidad de información están recibiendo con el padre, la madre y la abuelita sentada al lado".

Las cifras

95% Es el porcentaje de casos en los que se comprueban las denuncias de abuso, cuando hay una denuncia espontánea del menor.

60% Si no hay denuncia espontánea, lo cual sucede en la mayoría de los casos, baja el porcentaje de casos que se comprueban.

Las niñas prevalecen en casos de abuso

Los estudios señalan que, en los casos de abuso sexual a menores, hay una clara preponderancia de las niñas abusadas, que puede variar entre 5 a 1 y 2 a 1. En los casos de incesto, la preponderancia de las niñas es más pronunciada: entre 8 y 9 a 1. El abuso sexual con penetración es mucho más frecuente en la etapa pospuberal. Y los victimarios son casi siempre varones: algunos autores les adjudican un 93%.

La madre suele funcionar como un "agresor pasivo", según el pediatra mexicano Arturo Loredo Abdalá. Hugo Rodríguez Almada, autor del libro Maltrato y abuso sexual de menores, dice: "En la mayoría de los casos de abuso incestuoso, de una u otra forma la madre tolera o favorece la situación". Es mas factible el abuso sexual si la madre hace abandono del hogar, hay ausencia por enfermedad, "distanciamiento emocional y escasa afectividad".

Las estadísticas indican que quince niños de cada 1.000 sufren algún tipo de maltrato. A nivel internacional, entre las situaciones maltrato, se estima que cerca del 45% responden a casos de negligencia, 26% a casos de maltrato físico, 11% abuso sexual, 3% abuso emocional y hay un 16% de casos "inespecíficos".

Definen texto y quieren votar proyecto durante julio

El proyecto del oficialismo crea una red de centros de atención a menores que, con equipos multidisciplinarios de la órbita del INAU, realizarán la primera atención ante denuncias de maltrato. Si el caso no es grave, se optará por un camino extrajudicial para evitar la "revictimización" del menor.

El director del INAU Víctor Giorgi dijo que se privilegia la protección del niño "por encima de los tiempos judiciales". En eso mismo coincide el diputado frenteamplista Edgardo Ortuño: "Hay que inclinar la balanza a favor de la rapidez en beneficio de los niños, que no deben ser víctimas de un sistema judicial engorroso, sobre todo teniendo en cuenta que la amplísima mayoría de las denuncias son ciertas". Ortuño pretende que se vote el proyecto en comisión durante julio, luego de que la próxima semana se vuelva a recibir a la Clínica de Psiquiatría Pediátrica.

Fuente: "El País Digital", jueves 17 de julio de 2008.-

sábado, 12 de julio de 2008

LA MEDIACIÓN COMO FORMA ALTERNATIVA DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS

Los inconvenientes de la Justicia tradicional, esto es, el cliente patrocinado por Abogados en litigos resueltos ante el Poder Judicial, pretende dar paso a la Mediación como forma alternativa de solución de conflictos.-
El proceso judicial, por sus costos, el tiempo, la impredecibilidad, las soluciones muchas veces no satisfactorias y el empeoramiento de la relación entre las partes, encuentra en la Mediación un camino prometedor que busca solucionar el conflicto procurando que ambas partes triunfen.-
Este camino se considera especialmente conveniente cuando se pretende preservar la relación entre las partes, o cuando éstas quieren conservar el control sobre el resultado y el procedimiento; también cuando no existe disparidad de poder, cuando la causa del conflicto es la mala comunicación, o, inclusive, cuando existen cuestiones técnicas muy complejas.-
No serviría cuando existen intereses innegociables (casos de violencia familiar) o cuando no existe motivación suficiente entre las partes, que pretenden seguir la pelea.-
En la Mediación ideal sería mínima la intervención del Estado, por tratarse de un mecanismo de autocomposición del conflicto, y sus características apuntarían a la confidencialidad, la cooperación, el acento en el futuro, y la economía de tiempo, dinero y energías.-
La ausencia de una infraestructura que haga pensar en un "Juez", en una "estrategia para ganar un juicio" por una posible "sentencia", combinada con la presencia del Mediador, especialmente preparado para desempeñar dicha tarea, posibilita un diálogo más fluido que el que sería posible en un proceso judicial. A su vez, el Mediador tiene la posibilidad de evitar un conflicto más grave, oyendo los puntos de vista de ambas partes, y tratando de ofrecer soluciones, sin aconsejar, ya que debe permanecer imparcial, consultando y evaluando en base a criterios objetivos, pero apuntando a formular propuestas.-
El Poder Judicial viene desarrollando este procedimiento a través de los Centros de Mediación en diversos barrios.-
El procedimiento es totalmente gratuito, y a quien tenga un conflicto que desee plantear por esta vía, le basta acercarse y plantear su problema, proporcionando los datos de la persona con la cual tenga el mismo. Se fijará una audiencia, citándose a la parte a la brevedad.-
En la misma se tratará de llegar a una solución mediadora, que se plasmará por escrito, con todo lo que eso significa como acuerdo de partes desde el punto de vista jurídico.-

Bibliografía: Curso básico de Mediación de la Dra. Mirtha Nuñez, publicado en enplenitud.com

viernes, 4 de julio de 2008

EL MEJOR ABOGADO DE TODOS

Tu deber es luchar por el derecho; pero el día que encuentres en
conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia

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"Tu deber es luchar por el derecho; pero el día que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".-
Eduardo J. Couture, "Los Mandamientos del Abogado".-

Una de las entradas iniciales, concretamente, la del 21 de abril de 2008 (Un negocio entre amigos. Una injusticia uruguaya) fue dedicada a comentar un caso que tuve oportunidad de presenciar, cuya resolución me pareció escandalosamente injusta. Se trataba de un hombre que adquirió una fracción de campo en compromiso de compraventa a un amigo, y que, habiéndolo pagado en su totalidad, fue despojado judicialmente del mismo cuando la esposa de dicho amigo solicitó la resolución del contrato por incumplimiento en el pago.-

Esto gracias a la estrategia de su Abogado que envió las notificaciones al domicilio establecido en el contrato, que era el domicilio de la Escribana, que ya se había jubilado hace años, habiendo transcurrido 12 años desde la celebración de dicha Promesa, lo que le aseguró el éxito del juicio por la certeza de que el demandado no se enteraría.-

Todo esto con el agravante de que la misma era vecina del amigo de su esposo, es más, vivían en el mismo predio, y nunca, ni antes, ni durante, ni después del juicio que ella interpuso contra él, fue capaz de acercarse para intentar una solución sobre el supuesto impago (inexistente).-

No dudo de la reacción que ha despertado el relato de lo que ocurrió en sus lectores, ese usual sentimiento ante una injusticia, esa mezcla de asombro, repugnancia e impotencia que es natural en las personas bien intencionadas. Estoy segura de que fue así, porque también sucesos como estos son los que nos hacen sentir inseguros y desprotegidos, porque, en el fondo, tendemos a pensar que lo que nos han enseñado nuestros padres, esto es, que "quien mal anda, mal acaba", es cierto.-

Esto es, que si nos comportamos con corrección, tenemos más posibilidades de que nos vaya bien, y, cuando nos toque ir a la Justicia, seguramente, vamos a tener más posibilidades de obtener su amparo.-

Cuán grande puede ser nuestra sorpresa cuando vemos que alguien que actuó correctamente, pagando el precio de lo que compró, luego fue totalmente desprotegido por la propia Justicia, que amparó al que actuó tan descaradamente, por la estrategia de quienes son formados como "auxiliares de la Justicia", esto es, los Abogados.-

Pero tampoco dudo, lamentablemente, de que si el accionar de ese Abogado hubiese sido el moralmente correcto, esto es, solicitar la notificación en el domicilio real del promitente comprador, dado el paso del tiempo y la circunstancia aludida, hubiese merecido aplausos por su ética, pero no tendría tan seguro el resultado del juicio.-

Entonces, también lamentablemente, estoy segura de que la misma gente que repugna la actitud del Abogado inescrupuloso que actuó tan moralmente incorrecto, desearía el patrocinio de este Abogado para el caso de que le tocara ir a la Justicia.-

Es que aquella expresión con la que Vaz Ferreira describió la profesión de la Abogacía como "intrínsecamente inmoral", tan detractada en los Cursos de Filosofía y Ética de la Facultad, que, a nuestro ingreso, lo primero que nos entrega es una copia de "Los Mandamientos del Abogado", de Eduardo J. Couture, mantiene, lamentablemente, su vigencia.-

El Abogado debe enfrentar, si no continuamente, por lo menos frecuentemente, ese debate entre lo moralmente correcto y la necesidad de una actuación no tan impecable en aras de la defensa de su cliente, cuando debe obtener testigos, y muchas veces no lo tiene, y debe inventarlos; cuando debe ocultar o falsear la realidad de los hechos. Ni hablar de las defensas en asuntos penales, en las cuales no sólo está en juego la defensa del cliente, sino el tipo de sociedad que el propio Abogado está construyendo en la misma, cuando procura la impunidad de alguien cuyo accionar no hace bien a aquélla.-

Nos duele el contenido de los chistes sobre Abogados, en los cuales se nos pinta como una especie de camaleones oportunistas. Pero no podemos negar que muchas veces nos vemos obligados a serlo, y, de hecho, lo somos.-

Y es fácil sostener que podemos rechazar el asunto cuando en su defensa no nos sintamos cómodos desde el punto de vista moral, pero tampoco debe olvidarse que la profesión es un medio de vida, no una especie de apostolado, y que el rechazo de ese cliente nos puede acarrear la fama de Abogado puritano e inútil, al cual muchos no asignarían una defensa, por lo cual, no se trataría sólo de rechazar UN cliente, sino todos los que se abstendrían de consultarnos.-

Ese Abogado que fue capaz de obtener la devolución de un campo que ya había sido pagado por medio de una maniobra detestable, pero que le aseguró el triunfo porque su contraparte no pudo defenderse, ese es el Abogado que queremos, y ese es el gran dilema de la profesión de la Abogacía, dilema cuya resolución forma parte del proceso de la pérdida de la inocencia de muchos profesionales jóvenes, que salen de Facultad pensando que su profesión consiste en luchar por la Justicia, y que ellos mismos van a contribuir, desde su lugar, a construir una mejor sociedad, y luego se encuentran con que sus clientes les piden a gritos que abandonen esa ilusión.-

Es la sociedad en su conjunto, y no sólo los Abogados, quienes debería, a mi juicio, cambiar su postura frente a la profesión para que el cumplimiento de esos mandamientos, fuese posible.-

Y sería deseable que desde las aulas de la Facultad se preparase a los jóvenes Abogados para enfrentar el mundo con el cual se van a tropezar, no sólo recitándoles los Mandamientos del Abogado, sino abriendo sus ojos a la dura realidad con la cual se van a encontrar, y dándole herramientas para combatirla, si es que se pretende que los tales Mandamientos sean puestos en práctica.-