">

miércoles, 29 de abril de 2009

"SU SEÑORÍA" BAJO CONTROL

Cubierto con la "toga", en algunos países aún vigente, o con ropa de calle. Con gesto adusto, o con aspecto más jovial o "campechano". Hombre o mujer. Da igual. Entrar en la sala de audiencias, y estar frente a quien, en muchos países llaman "Su Señoría", constituye una experiencia que nos provoca un sentimiento de reverencia y sujeción. 
No son pocos los fundamentos que nos llevan a semejante actitud. Estamos ante un personaje que tiene en sus manos una parte importante de nuestras vidas, tan importante que fue capaz de movernos a llevar adelante un juicio, lo que nos significa un desgaste económico y humano importante. 
Ese señor (o señora) tiene el poder de decidir sobre eso que le dejamos en sus manos, nuestra Justicia. Dado el caso puede ser la decisión sobre si conservamos la tenencia de nuestros hijos, cuántos días en la semana vamos a verlos, si nos van a pagar o no un despido laboral, si nos van a indemnizar por un daño sufrido en un accidente de tránsito que nos dejó incapacitados para nuestro trabajo, tantas cosas...Cómo no lo vamos a respetar? Ese sentimiento nos lleva a que asumamos un gesto serio y bajemos la cabeza de inmediato. 
Y es un sentimiento que embarga tanto a los usuarios de la Justicia, como a los profesionales que actúan en su defensa, los Abogados, ya que éstos tienen, por añadidura, la presión que significa el saber que ese Juez puede ser quien nos resuelva muchos casos durante el ejercicio de la profesión, por lo cual no pueden quedar mal con él. Nuestro cliente, probablemente, vea a ese Juez una vez en su vida, nosotros trabajamos con él todo el año. 
Esta situación de superioridad del Juez frente a los usuarios y sus defensores, puede conducir, y, de hecho, conduce, a situaciones lamentables de abuso de autoridad por parte de aquél.- Es momento de recordar que estas situaciones no están bien. Y que existen mecanismos legales para enfrentarlas. Es bueno volver a los fundamentos de dicha autoridad, y recordar, como en todos los casos de ejercicio de poder, quién es el sirviente y quién es el servido. 
El servido es la sociedad, el pueblo, que otorga al Magistrado, a través de los mecanismos legales, la investidura que le es necesaria para el mejor ejercicio de su función. Es su función la que fundamenta y legitima el ejercicio de ese poder, y, por tanto, su uso desmedido o abuso, carece de legitimidad. 
El servidor es, ni más ni menos, que el Juez. No a la inversa, le pese a quien le pese.- Así, la Constitución uruguaya establece en el artículo 23 textualmente: "Todos los jueces son responsables por la más pequeña agresión a los derechos de las personas y por separarse del orden de proceder que en ella se establezca", norma que es reiterada en el artículo 109 de la Ley Orgánica de la Judicatura y Organización de los Tribunales, número 15.750. 
Nótese el giro de la expresión: "la más pequeña agresión", esto excluiría CUALQUIER actitud de prepotencia, ironías, ridiculizaciones de la parte, pedidos de silencio caprichosos, entre tantas manifestaciones de soberbia. 
Es bueno saber que se puede denunciar al Juez ante la Suprema Corte de Justicia por este tipo de atropellos, ya que la ley prevé mecanismos de disciplina para el Magistrado que se excede en el ejercicio de su función, previéndose responsabilidad de índole penal, civil y disciplinaria, esta última consistente en sanciones que pueden ir desde la simple amonestación hasta la destitución; y que, dado el caso, se puede someter a juicio al Juez. 
Es el momento de recordar que sin perder la compostura, conservando el respeto, pero sin mezquinar la firmeza, podemos hacer valer nuestros derechos y/o los de nuestro cliente. - Tanto como usuarios de la Justicia, como en nuestro papel de auxiliares o defensores, tenemos la obligación, más que el derecho, de actuar en esas situaciones de atropello, porque así lo merece la institución de la Magistratura, que no merece ser desprestigiada por unos pocos que olvidan los principios que la sustentan.

martes, 21 de abril de 2009

LA CONSULTA ON LINE COMO HERRAMIENTA DE TRABAJO PROFESIONAL.-

La consulta on line es vista para nosotros como algo exótico todavía, pero puede constituir una maravillosa herramienta efectiva y económica, habida cuenta de los costos cada vez más bajos que tiene Internet.-

En esta época en que muchos profesionales nos expresamos a través de blogs o páginas webs, es común que nos surjan consultas a través de esa vía. Pero aún cuando la consulta provenga de alguien que vive en nuestro mismo país, o, inclusive, ciudad, puede resultar más económico hacer una consulta on line, sin perjuicio de requerir, en el momento de contratar el servicio, algún tipo de presencia o constatación de existencia por parte de la persona.-

Generalmente la persona tiene alguna documentación, que puede ser enviada al abogado escaneada. Si no tiene escaner en su casa u oficina, lo puede hacer en un cyber, frecuentemente, a costos mucho más económicos de lo que significaría el transporte hasta el Estudio del abogado, y con la posibilidad de una respuesta inmediata.-

Las conversaciones relacionadas con el asunto se pueden llevar a cabo con normalidad a través de los programas de mensajería utilizados comúnmente, sea a través de la escritura o por una llamada o videollamada.-

Hay abogados que cobran la consulta on line previamente, mediante los mecanismos de Paypal, entre otros. Otros utilizan la consulta on line como contacto, y no la cobran, hasta el momento de efectivizar el servicio.-

La consulta on line tiene la ventaja de abaratar costos para el profesional que puede, desde su domicilio, atender su trabajo con normalidad y eficiencia.-


Dra. Mariannela Campi
mcampi@dedicado.net.uy
cel.: 598 96783997

miércoles, 15 de abril de 2009

PATRIA POTESTAD DE MENORES DE 20 AÑOS ESTARÁ EN MANOS DEL ESTADO EN VENEZUELA.-

El gobierno Venezolano, a través de la nueva ley de educación presentada en la asamblea nacional, se adjunta la patria de potestad sobre los menores de 20 años.

El artículo cuarto de la enmienda constitucional, asegura que todo niño menor a tres años de vida estará bajo el cuidado de sus padres, pasados éste tiempo, será confiado a la Organización de Círculos Infantiles para su formación física y mental, hasta los veinte años.

La medida consiste en que Desde los 3 a los 10 años de edad, vivirán en cercanía de sus padres por sólo dos días al mes, para no perder contacto con su núcleo familiar.

Pasados los diez años, todo menor trasladará a ser asignado para su capacitación cultural y cívica, a lugar escogido por la organización dueña de su potestad, teniendo en cuenta los intereses del estado venezolano.

jueves, 2 de abril de 2009

EN OCTUBRE SE PLEBISCITARÁ EL VOTO DESDE EL EXTERIOR EN URUGUAY.-

A Julio no le daba la plata: emigró a Melbourne en 1992. Escapando de la dictadura, Haydée viajó a Gotemburgo en 1981. Elbio, a México en 1979 por razones "político económicas". Desde las barras, los tres apoyaron ayer el voto epistolar.

Cuando se vota un proyecto importante en el Parlamento, es habitual que las barras estallen de jubilo o de ira, según el caso. Eso no pasó ayer. Además de Elbio Bernasconi, Haydée Anaya y Julio César Corrales, otros 30 representantes de los consejos consultivos en el exterior siguieron la sesión de la Asamblea General, que elevó a la Corte Electoral las firmas de los legisladores frenteamplistas para plebiscitar -junto a las elecciones de octubre- si hay voto epistolar desde 2014.

Quizás porque olvidaron las costumbres locales o porque saben que este es un primer paso, los representantes de los consultivos no aplaudieron, saltaron ni festejaron cuando José Mujica levantó la sesión cerca de la hora 14. En ese momento se concretó el plebiscito por el voto epistolar, que se sumará al de la ley de Caducidad si se consiguen las firmas.

Así, en octubre los uruguayos que viven en el país deberán decidir si reforman la Constitución y permiten votar a los que viven en el extranjero. En concreto, se plebiscitará si se agrega al articulo 77 un numeral que dice que los uruguayos habilitados para votar tienen derecho a sufragar en elecciones, plebiscitos o referéndum desde cualquier país en "el que residan o se encuentren". Hay dudas e interrogantes que se despejarán en una reglamentación.-

El oficialismo argumentó ayer que, con esta reforma, se asegura a "la patria peregrina" el "derecho básico" al voto y que hay 70 países que aplican el voto en el exterior. España, Italia y Reino Unido usan el voto epistolar, dijo el senador Reinaldo Gargano. El diputado Edgardo Ortuño afirmó que "no hay que dejar afuera a los que han sufrido el desarraigo".

La oposición dijo que el voto por correo "no da garantías" y que, en todo caso, sería mucho más seguro votar en consulados. Además, los legisladores blancos y colorados hicieron hincapié en que los uruguayos en el extranjero no sufrirán "las consecuencias" del gobierno que elijan y muchos no están empapados de la realidad local.

El diputado Jaime Trobo expresó un matiz en nombre de Unidad Nacional: el sector acepta una fórmula para que los uruguayos elijan desde el exterior dos o tres representantes "del departamento 20" en la Cámara de Diputados, pero no al presidente e intendentes. Similar posición expresó el Partido Independiente y el colorado Washington Abdala.

CLIMA. En las afueras del Palacio, los representantes de los consejos consultivos se sacaban fotos con carteles que decían "Quiero votar". Los argumentos se repetían: los uruguayos en el exterior tienen "los mismos derechos" que los que viven en el territorio. Con claro acento mexicano, Elbio Bernasconi contó que le da más confianza el voto en consulados, antes que el voto por correo.

A unos metros, Julio César Corrales repasaba sus 17 años de vida en Australia y contó que a principios de la década de 1990 se sintió echado del país por motivos económicos. Para Haydée Anaya, de 58 años, el voto epistolar "es crear ciudadanía" y defiende el derecho de sus hijos -que viven en Suecia- para votar en las elecciones uruguayas.

A los cuestionamientos a las garantías del voto, Ortuño respondió: "¿Italia, España o Brasil tienen voto fraudulento?". Dijo que a la diáspora "le importa las condiciones de vida de sus familiares" y que muchos "sueñan con el retorno". Gargano argumentó que hoy "solo votan los privilegiados, los que tienen medios para venir".

El diputado blanco Alvaro Lorenzo aseguró que se violan las garantías y que, con el voto por correo, "no hay cuarto secreto, seguridad ni delegados de todos los partidos". Y acusó: "Es muy fácil votar cuando no pago el IRPF porque vivo en Suecia o Australia". Trobo cuestionó al oficialismo por "querer quedarse con la bandera de los uruguayos en el extranjero".
¿Cómo se votaría desde el exterior?

¿Cómo será el voto en el exterior, si el plebiscito resulta exitoso? Se votará por correo, aunque la reforma habilita a la Corte Electoral a instrumentar otros procedimientos "para que haya garantías". Se optó por el voto epistolar por un tema de infraestructura: los consulados uruguayos no están en todas las ciudades ni en todos los países. En Estados Unidos, por ejemplo, algunas personas deberían cruzar el país para votar. El oficialismo estudia una reglamentación, debido a que la reforma propuesta es muy general y hay aspectos que no están definidos. Parece claro que el voto no será obligatorio en el exterior, sino opcional. Abarcaría a hijos de uruguayos o gente que emigró joven si realiza los trámites y obtiene la Credencial. También se podrá votar en las municipales, en el departamento donde se registró la Credencial. "Es raro que se pueda votar desde Suecia, pero no desde Artigas", criticó el diputado colorado Gonzalo Teixeira. La oposición dice que se deberá modificar el sistema vigente: hoy el voto es secreto y controlado. Los partidos deberán repartir las listas en todo el mundo.

"Afuera" residen 600.000

Incluyendo a los hijos de uruguayos residentes en el exterior, se estima que hay unos 600.000 compatriotas viviendo fuera de fronteras, lo que representa entre el 15% y 18% de la población del país, según un estudio de 2004 de las demógrafas Wanda Cabella y Adela Pellegrino. Es una cantidad de personas similar a las habilitadas para votar en los departamentos de Canelones, Maldonado, Colonia y Salto, juntas.

Fuente: El País digital, jueves 2 de abril de 2009.-