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jueves, 26 de marzo de 2009

CHILD GROOMING: ACOSO SEXUAL A MENORES POR INTERNET.-

El child grooming es un término anglosajón que se refiere al acoso de carácter sexual hacia un menor. Las acciones llevadas a cabo tienen el objetivo de establecer una relación y control emocional sobre un niño/a para luego abusar sexualmente del mismo. A diferencia del Cyberbulling, este tipo de acoso tiene un objetivo explícitamente sexual.

El objetivo es minar y socavar moral y psicológicamente a una persona, con el fin de conseguir su control a nivel emocional. Si bien esta actividad puede producirse en cualquier instancia, es particularmente grave en los casos en los que una persona lleva realiza estas prácticas contra de un niño o niña, con el objetivo de obtener algún tipo de contacto sexual.

El grooming se da cuando un adulto engaña a un menor a través de programas de comunicación como los mensajeros, chat o redes sociales intentando obtener imágenes de contenido erótico, para luego extorsionar al menor, dificultando que la víctima pueda salirse o protegerse de esta situación e impidiendo que la relación se corte.

Los sujetos que realizan estas acciones ingresan a estos sitios virtuales cambiando su identidad, sexo y edad, aparentando ser menores de edad (o simplemente como adultos bien intencionados) y, tratan de establecer una amistad con su víctima. El objetivo es mantener una relación sexual virtual.

Las víctimas, generalmente son convencidas para que realicen actos de tipo sexual ante la cámara web. Los acosadores comienzan a chantajear a los niños o niñas o les prometen regalos, con el fin de ir estableciendo mayores grados de compromiso en la relación. Algunos incluso suelen concertar citas directas con las potenciales víctimas, para luego abusar sexualmente de ellos. En algunos casos, los victimarios consiguen o roban datos privados de sus víctimas, tienen acceso a sus contactos y extorsionan a los niños, niñas y adolescentes, amenazándolos con distribuir alguna imagen de ellos, para así conseguir más y mantener la relación de abuso.

El primer contacto se genera, en la mayoría de casos, sin haberlo pedido ni buscado, o por un error cometido por el menor, al facilitar su correo en cualquier sitio web que ofrece juegos o actividades para niños. Estas personas recolectan grandes base de datos de usuarios para luego ofrecerla en venta.

Por eso es fundamental no responder a desconocidos en el chat o correo electrónico, no seguir cadenas del tipo hoax ni responder al spam. También deberías consultar Cyberbulling.

Recomendaciones

Las principales armas con que cuentas son la confianza y la educación de tus hijos, para que los mismos confíen y se sientan impulsados a contar cualquier acción sospechosa en la que se vean envueltos. Ademas es recomendable:

* Limita la conexión de los menores cuando los mismos se encuentren acompañados por tí o por otro adulto.
* Intenta controlar el uso inadecuado de la cámara web.
* Controla las fotos publicadas por tí y por el menor en la red. No se debe llegar al extremo de prohibir pero se debe conocer las fotos publicadas.
* Educa a los menores sobre los riesgos de la red y las formas de evitar caer en trampas de personas inescrupolosas.
* Educa a los menores para que ante la menor duda o problema, confíe en tí y cuente el inconveniente.
* Permanece atentos a los tiempos dedicados por el menor a la red y a los comportamientos del menor en su vida real, para detectar cualquier cambio de comportamiento que podría delatar un abuso por parte de un tercero.

Fuente: segukids.com.ar

miércoles, 25 de marzo de 2009

LISTAS EN INTERNAS: HABRÁ UNA MUJER CADA DOS HOMBRES.-

La Cámara de Diputados aprobó ayer por amplísima mayoría la ley de cuota femenina, que apunta a equiparar la participación de las mujeres en política. La bancada oficialista logró los votos de la oposición que necesitaba para la sanción de la ley.

El resultado de la votación fue elocuente: 75 a favor en 78 diputados presentes. Sólo los nacionalistas Jorge Gandini, Gustavo Borsari y Miguel Otegui (suplente de Bertil Bentos) levantaron sus manos en contra del proyecto de ley.

El documento establece que debe haber una participación -como mínimo- de una mujer cada dos hombres en las listas de las próximas elecciones internas. No obstante, este régimen se aplicará recién en 2014 en el caso de las listas para los comicios nacionales y departamentales.

En la sesión de ayer, convocada de forma "grave y urgente" por los legisladores del Frente Amplio, la bancada oficialista votó en bloque en favor del documento, que ya contaba con la sanción de la Cámara de Senadores.

El diputado que presentó el proyecto, Edgardo Ortuño (Vertiente Artiguista), destacó que se trata de un instrumento que permitirá la "ampliación" en la participación de las mujeres, "lo que enriquecerá la discusión" de los asuntos políticos. Ortuño resaltó que aun cuando las mujeres constituyen el 52% de la población, apenas representan el 10,8% de miembros del Parlamento.

Si bien el apoyo de los oficialistas fue unánime, no estuvo exento de cuestionamientos.

El diputado Carlos Gamou (CAP-L) expresó que adhería a la iniciativa en el marco de un "acuerdo político" pues de lo contrario "no la habría votado". A su vez, la legisladora emepepista Ivonne Pasada dudó de la efectividad de la cuotificación y señaló que con ese criterio deberían promoverse proyectos que contemplen a otros sectores de la población como los jóvenes y los negros.

Por su parte, el nacionalista, Gustavo Borsari (UNA) calificó de "error" el hecho de acceder a una banca en el Parlamento por la mera condición de ser hombre o mujer, aún cuando insistió en que las mujeres "deben participar pero no de esta manera".

Jorge Gandini (Alianza Nacional) consideró que el concepto de cuotificación en las listas "vulnera la libertad del ciudadano de elegir a su representación".

Mientras, Sergio Botana, presidente de la bancada de diputados del Partido Nacional, expresó su "descontento" por la convocatoria "extraordinaria" para encarar este tema. No obstante, votó a favor de la ley.

Así también lo hicieron los representantes del Partido Colorado y el diputado del Partido Independiente, Iván Posada.

Varios diputados que aprobaron la ley se refirieron a ella como un solución imperfecta, "parcial", pero que permite avanzar al menos "tímidamente" en el tema.

La nacionalista Beatriz Argimón, una de las principales defensoras de la iniciativa, consideró a la cuotificación como la "única herramienta para la apertura de las estructuras político-partidarias" y para "el fortalecimiento de la democracia interna de los partidos".

En pleno debate, la nacionalista Adriana Peña descartó que se libre una batalla de sexos con la ley. "Que los hombres no se sientan atacados", aclaró.
Diputada molesta con algunos colegas

La presidenta de la sesión de Diputados al momento de sancionar la ley, la nacionalista Sandra Etcheverry, se refirió a los incidentes del martes 17 en el Parlamento protagonizados por los diputados Sergio Botana (Partido Nacional) y Álvaro Vega (FA). En el episodio, Etcheverry provocó a Vega.

La diputada comentó que algunos colegas dijeron tras los incidentes: "¿Para qué quieren la cuota si tienen representantes como Sandra Etcheverry?". La legisladora nacionalista vinculó esas afirmaciones a actitudes discriminatorias, recordando que pidió disculpas sobre el tema y que se ha manejado con respeto.

A diferencia de la pelea del martes, la sesión de ayer transcurrió con normalidad y poca gente en las barras. Algunas mujeres, entre ellas la edila colorada Glenda Rondán, siguieron en silencio la sesión.

Fuente: "El País Digital", miércoles 25 de marzo de 2009.-

martes, 17 de marzo de 2009

IMPRESIONANTES DECLARACIONES DE LA DRA. FANY PUYESKY EN EL DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER

Género, feminismo, derechos humanos de las mujeres, políticas publicas de género. Aclarando conceptos.

Dra. Fany Puyesky

Qué uruguayo no conoce a la Dra. Fany Puyesky?

Conocida y prestigiosa Abogada, columnista, feminista, trabajadora incansable por los derechos de la mujer, tan afectados en la sociedad actual, más de lo que nos imaginamos.
Maestranda en Género, Sociedad y Políticas Públicas de la Facultad Latinomericana de Ciencias Sociales, Prigepp (Programa Regional Superior en Ciencias Ssociales, género y P.P.. dirigido por la Dra. Gloria Bonder)) Buenos Aires.
Consultora regional.
Integrante del equipo academico de Prigepp, FLACSO. Buenos Aires, dentro del cual ha actuado como profesora y mentora en e-learning en seminarios y cursos.

Con todo eso y más, no tiene ningún reparo en efectuar un valiosísimo aporte que nos despierta a una realidad cuya gravedad muchos desconocemos.-


INTRODUCCIÓN

La invitación que me ha dirigido la Dra. Mariannela Campi para escribir sobre los Derechos Humanos de las Mujeres y su situación actual me ha puesto en el desafio (imposible) de, en pocas palabras, intentar hacer una puesta a punto sobre estos tópico de las ciencias sociales y de la vida de relación que pone en cuestión el sistema y el orden de género en el que se basan los estereotipos que han influido en el mundo y su concepción hasta que el pensamiento feminista los puso bajo la mira , bajo una mirada humanista, de real igualdad, como un tema de justicia igualdad, democracia y desarrollo humano sostenible. Por desgracia la igualdad sigue siendo una meta y no un punto de partida, ya que no basta que las leyes (en el siglo XX y no antes) las declaren sino que los resultados de la vida sean igualitarios para los sexos .Hasta que esto no ocurra no se puede hablar de igualdad.

Bajo la mirada feminista se analizaron las relaciones sociales de desigualdad basadas en ser hombre o mujer biológicamente, se deconstruyeron miradas, se analizó el supuesto poder a los cuerpos, libertades, derechos y subjetividades de las mujeres, dentro de las ciencias médicas, la familia, la empresa, la escuela, la política, se redefinió lo publico y lo privado y se demostró que existen poderes ilegítimos (como los anteriormente nombrados que se basan en un orden supuestamente “natural “ o “religioso”) y poderes legítimos públicos basados en el consenso y las negociaciones…..pero que generalmente al darse en la vida política pública, es decir mayoritariamente entre varones, excluyen a las mujeres, al no participar éstas en igualdad de condiciones, ni en crear las leyes que las han regido y las rigen elaboradas por hombres, ni en los poderes de decisión de las políticas que las rigen como ciudadanas Las mujeres han votado y sido electas, en el mejor de los casos en el siglo XX….después de Cristo,…pero han vivido y siguen viviendo hasta el presente bajo leyes, religiones y miradas que no contribuyeron a crear. El feminismo tanto político como movimiento social, nombró, problematizó y saco a la luz lo invisible, nada menos que la violencia doméstica, la violencia de género, el femicidio o el genocidio de mujeres, la trata de mujeres y niñas, se denunciaron practicas aberrantes en los cuerpos de las niñas como la emasculación del clítoris en muchos países, los abortos y muertes de niñas selectivamente en países asiáticos en especial, se revisaron códigos penales y civiles ,etc,etc. Y no sólo se pusieron estos problemas y muchos otros que no puedo nombrar por espacio, en una agenda publica que los negaba como tales hasta hace pocos años ,sino que se tomaron en muchos países(en el nuestro por ejemplo las políticas feministas lograron hacer aprobar una ley contra la violencia doméstica, que al parecer no existía, teniendo nuestro país en relación a su población de 9 a 10 veces más casos que en España) políticas públicas de genero contra estas situaciones.

Además de algunas definiciones que les brindaré con ese fin, pondré como ejemplo de la situación de las mujeres en el Uruguay (es imposible considerar la situación mundial), el informe oficial del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra las Mujeres, el que contiene las observaciones que le fueran hechas a la delegación del gobierno uruguayo, en un documento que les adjunto distribuido por dicho Comité de las Naciones Unidas en noviembre de 2008. La reunión se efectuó en Suiza, concurrió una amplia delegación del estado uruguayo, encabezada por la Directora del Instituto de las Mujeres, responsable oficial de las políticas públicas hacia las mujeres, que presentó el informe de los supuestos avances de las políticas publicas de género en el Uruguay, acompañada de otras autoridades y la Coordinadora de la Comisión Nacional de seguimiento (CNSMujeres) Lic Lilian Abrahamscinkas, como representante de más de 70 organizaciones y centros de la sociedad civil que estudian y/o se ocupan de la temática y que hacen además el seguimiento de la sociedad civil hacia las acciones que el Estado hace o deja de hacer para cumplir sus obligaciones internacionales. La acción del movimiento feminista y de las mujeres organizadas, junto con las mujeres políticas feministas es la que hace avanzar entonces la adopción de estas políticas públicas, ya que se sigue y se hace rendir cuentas al Estado, no sólo internacionalmente, sino nacionalmente.

El Comité de las Naciones Unidas, conocido como El Cedaw es el que se ocupa del seguimiento del cumplimiento de los estados partes a la Cedaw, que es la Convención para la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, que nuestro país ratifico en varias oportunidades y que forma parte del derecho positivo vigente desde 1981, ratificado por decreto ley, luego por ley de 1985 y cuyo Protocolo Facultativo, a diferencia de la Argentina por ejemplo, que aún no lo ha ratificado, fuera aprobado en 2000, a raíz de la acción de las actoras políticas feministas en el Parlamento. Este Protocolo Facultativo amplía la protección de los derechos de las mujeres en los incumplimientos del estado, pero aún ni se conoce ni se aplica lo suficiente, como sin duda se hará, siendo otro de los logros de las mujeres políticas impulsado por las feministas.

La historia de las relaciones del Uruguay con esta primera Convención Internacional sobre los Derechos de las Mujeres, puede explicar un poco la difícil relación y el debe que el estado uruguayo tiene con las mujeres, de la burocracia uruguaya incluidos, claro y en especial, los tres Poderes, tanto en sus cúpulas como en la cultura institucional y de la sociedad uruguaya en su conjunto, con el tópico derechos de las Mujeres. Esta Convención adoptada en México en 1975, cuando comenzó la Década de la Mujer, seguida posteriormente por otras reuniones, 1985 Nairobi,1995 Beijing, fue inicialmente ratificada por una delegación de la dictadura que contaba de 9 o 10 …hombres. Así surgió la forma en que el Estado uruguayo se ocupó del tema… representando a las mujeres en un gobierno donde eran inexistentes y ahora 34 años después, constituyen alrededor de un vergonzoso 11%,.ratificando normas internacionales a troche y moche para, incumplirlas , no aplicando el derecho o, peor aún, ignorando que existía. Y recibiendo siempre que presentaba un informe ante el Cedaw (cuando lo hacía que no era siempre) observaciones sobre los incumplimientos y Ceguera de género, que es característica de la sociedad uruguaya en este y otros tópicos que hacen a la segunda modernidad reflexiva, que es el estado del pensamiento en esta época que estamos viviendo y al cual el pensamiento feminista ha sido uno de los principales impulsores en todas las áreas de las ciencias sociales y de las ciencias duras.

Una primera demitificación : el Uruguay es un país muy atrasado en materia de políticas publicas hacia las mujeres, indicadores de género o indicadores desagregados por sexo que son información objetiva sobre la situaciones, desconocimiento del tema, minimización del mismo, superficialidad cuando no ignorancia lisa y llana, vulgarización de conocimientos, y sobre todo desinformación y falta de interés por la actualidad en el pensamiento y conocimientos actuales.
Como información adicional sobre el lenguaje fue necesaria una Convención internacional en Viena en 1993 así como una Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas que definiera los derechos de las mujeres como derechos humanos.

Es así que la forma actual de referirse al tema es Derechos Humanos de las Mujeres (dentro de los Derechos Humanos). Esta misma necesidad es bien elocuente a que no sólo existía el problema detectado en el Uruguay sino en muchos Estados Partes de las Naciones Unidas. La diferencias actual es que desde entonces a la fecha el Uruguay sigue atrasado en derogar y cambiar leyes discriminatorias, formular nuevas leyes con perspectiva de género (es decir pensando antes como repercutirá cada ley en cada género, cómo serán los resultados en unos y otras, etc) cómo verán en el informe del Cedaw de 2008.

Ustedes pueden buscar además, en PNUD, CEPAL y otros links los indicadores de género efectuados fuera del país, por esos organismos y por otros, que demuestran que nuestro país está muy atrasado en por ejemplo, ley de cuotas, ley adecuada de salud sexual y reproductiva (recordar el episodio del año anterior con el veto presidencial), políticas públicas de género, presupuestos sensibles al género (otorgar dinero para los temas de los Derechos Humanos de las mujeres), jubilaciones, política fiscal, educación, trabajo, acceso a los puestos de dirección y los trabajos mejor remunerados, etc, etc. En el Índice de Potenciación de Género, que eso uno de los ítems del Desarrollo Humano Sostenible, el Uruguay está en un lamentable puesto, muy por debajo de otros países de África y América, que han mejorado sus puestos. El Índice de Potenciación de género es uno de los indicadores del desarrollo Humano como dije y en el caso de Uruguay es muy bajo, a pesar de las mejores condiciones del país en materia, por ejemplo, de educación.

Pero a pesar de que las mujeres están en el 60% de la matrícula de las Universidades, su potenciación una vez formadas a cargos acordes a su formación, es muy baja. La currícula de las Universidades es otro índice: Uruguay es uno de los pocos países que aún no ha incorporado los estudios de género dentro de la currícula universitaria, salvo en parte en Humanidades y Ciencias Sociales, lo que hace que salgan formados un tipo de médicos, abogados y Jueces, etc, sin idea de estos temas y que luego aplicarán esta ceguera de género en sus profesiones lo que ayuda a perpetuar el sistema y orden de género.

Y acá ya se hacen necesarias entonces algunas definiciones.

De qué hablamos cuando hablamos de género?

ACERCA DE LOS ESTUDIOS DE GÉNERO Y DEFINICIONES

Muchos son los autores, si no todos, que coinciden en señalar el surgimiento de los Estudios de Género en el contexto más general que significó la llamada segunda Ola del feminismo, en un proceso complejo que evolucionó de los Estudios de la Mujer a principios de la década del ´70 del siglo XX, hacia los Estudios de Género en la década de los ´80 de ese mismo siglo.
Actualmente estamos dentro de la cuarta Ola del feminismo, mejor dicho de los feminismos, de las diversidades de mujeres y las diversidades de culturas, y que comprende además de los derechos de las mujeres, relaciones con otras formas de discriminación, sea por clase, por identidades u opciones sexuales, por racismo, por origen, por migración, etc., etc. Son múltiples los aportes que el feminismo ha hecho a todos estos movimientos aliados actualmente de otras sectores discriminados de la sociedad, minorías, pues el feminismo no se refiere a una minoría sino a la mayoría (50% y más de la humanidad, es decir humanas) ya que el feminismo es un pensamiento humanista, además de un aporte esencial al pensamiento académico se remonta a siglos anteriores y ha influido como tal en todas las ramas del pensamiento contemporáneos. Se habla también de la quinta ola y del cyberfeminismo.
La primera Ola del feminismo era la de los años 60, el feminismo vulgarmente conocido y estereotipado por el hecho de las rebeliones. Contra los sostenes y los hombres, feminismo radical, que por supuesto, ya es historia, pero que por desgracia se sigue usando por desconocimiento de los feminismos de segunda, tercera y cuarta Ola para estereotipar el pensamiento actual y su influencia en la humanidad.
Se trata actualmente, además, de las definiciones que daremos de un tópico de las ciencias sociales, que por tales, se encuentran en permanente construcción, y no es inmutable, en contraposición a los estereotipos de género que han regido el orden y el sistema de género

-Orden de genero.-

Remite a lo normativo, a las reglas formales o implícitas que se construyen y reproducen (generalmente por medio de la violencia real o simbólica) en las instituciones sociales, en especial, la escuela, la familia, los ámbitos laborales, fijando prescripciones y posiciones y sanciones diferenciadas para mujeres y hombres.

-Régimen o sistema de género:

Son las prácticas cotidianas que se desarrollan en esos ámbitos(y que también conllevan o pueden conllevar la posibilidad o la certeza de la violencia real o simbólica). Se encarna y perpetúa determinado orden de género, por ejemplo, la naturalidad con que se acepta que las mujeres asuman las cargas del trabajo doméstico y la crianza de los hijos.

-Ideologías de género.

Son representaciones que, tanto en un plano simbólico como imaginario, justifican un determinado orden de género, estableciendo así vinculación entre lo social y lo subjetivo. Se expresan tanto en las creencias de sentido común como en las religiones y también en los discursos “cientificos”. A lo largo de la historia las ideologías de género han “naturalizado” las diferencias entre varones y mujeres, atribuyéndolas a factores biológicos, y, por ello, justificables e inmutables.
Me he basado en las definiciones de R.Connel 1987 (citado por Gloria Bonder en trabajo 2008) agregando por mi parte que todos estas definiciones y el orden inmutable que se atribuyen solo se pueden reproducir acudiendo a la violencia efectuada contra las mujeres, violencia que muchas veces es real, fisica, psicológica, económica y moral, y que es, además, simbólica, ya que atribuye menor valor a la mujer y lo femenino que al hombre y lo masculino, siendo esto desde ya una forma de violencia en que las mujeres viven no bien llegan al mundo


Mucho más hay para decir en este tópico, como que género no es sinónimo de Mujer, que las relaciones de género se entrelazan y refuerzan recíprocamente con otras relaciones de poder social, como el sistema de clases, de rascimo, la xenofobia, la homofobia que tiene origen parecido, la discriminacion por los orígenes, la religión, el color, pero esto no pretende ser una clase de Ciencias Sociales. Sería iluso intentar en pocas líneas, reproducir un tópico que desde hace muchos años y, en especial, desde la década de los ’60, ha construido tanto pensamiento académico y mirada critica sobre el pensamiento anterior y que tanto ha colaborado al pensamiento y ciencias contemporáneas y lo sigue haciendo. Estamos en un cambio de época, quizás ahora más que nunca asistimos a la constitución de nuevos paradigmas de pensamiento, estamos en la segunda Modernidad reflexiva, (según Giddens, hemos pasado a ella desde la posmodernidad ), y desde allí es nuestra obligación reconstruir los viejos paradigmas que quizás por comodidad, han construido y perpetuado un orden injusto en las relaciones entre las personas, basado en convertir diferencias biológicas _que las hay_ en desigualdades sociales inmutables, injustas y no naturales.
Por último, pretenderé resumirles muy brevemente las observaciones que el Cedaw hiciera a nuestro país en 2008 sobre el estado actual de los derechos de las mujeres y las niñas en nuestro país.

Les acompaño el documento en el que pueden ampliar y confirmar la síntesis.

El CEDAW N.U.-Observaciones al Estado uruguayo por incumplimiento de la Cedaw. Noviembre 2008

El Cedaw observa al Estado uruguayo la no aprobación de reforma de los códigos civiles y penales que contienen normas discriminatorias contra las mujeres y las niñas, como por ejemplo, la edad para contraer matrimonio (12 años), la prohibición del casamiento a las mujeres separadas o viudas durante 300 o mas días, la privación de pensión a quien lleve una “vida desarreglada” a criterio del Juez, las normas penales que se refieren a la deshonestidad de la victima, la discriminación en los delitos sexuales, la no penalización de la violación intraconyugal, los estereotipos de género vigentes en la sociedad y los medios de comunicación en los funcionarios públicos y en la aplicación del derecho y en la visibilización y tratamiento de la violencia contra las mujeres, la falta de adecuados Juzgados y formación de funcionarios para la violencia doméstica, la falta de indicadores de genero o desagregados por género, la falta de políticas para mujeres de minorías étnicas, la falta de participación política de las mujeres y su no incentivo, la falta de aprobación de medidas temporales como la ley de cuotas para las mujeres, la falta de formación del sector público, incluidos educadores y Jueces en el tema y su aplicación sesgada del orden de género vigente, exige transverzalización en la aplicación de la perspectiva de género a todas las áreas del Estado, así como en las políticas públicas de género, advierte sobre el papel estereotipado de la educación, en la salud advierte sobre el número alarmante de abortos, y de maternidad adolescente, falta de educación sexual y de una adecuada ley de salud reproductiva, sobre discriminación a las portadoras de SIDA, sobre la trata de mujeres y niñas, sobre la falta de políticas públicas para las mujeres rurales, sobre discriminación al servicio doméstico, a la no modificación de la (inadecuada) ley de los derechos de la niñez y adolescencia que no respetó los tratados internacionales en la materia, al desempleo femenino, a la no adecuación de la formación con el salario, a la brecha laboral entre los sexos, la mortalidad materna, la falta de difusión de las observaciones del Cedaw
etc,etc,etc.

El Cedaw advierte y exhorta al Estado uruguayo, es decir nuestro país, tan mitificado en cuanto a igualdad, a cumplir con la Cedaw (1975,1981,1985), de la cual es parte desde esos años, advirtiéndole que los Objetivos del Desarrollo del Milenio al cual también se comprometió, no serán cumplidos sin previamente adecuar el derecho a la Cedaw. Lo exhorta además a cumplir la ratificación de otros Convenios Internacionales pendientes suscritos y pendientes de ratificación..

RESUMIENDO: Las organizaciones de mujeres, mujeres políticas feministas y feministas uruguayas, reunidas en la Concertación nacional programática en 1985 mesa que se consiguió con mucho esfuerzo, constituida exclusivamente por mujeres, entre quienes me contaba, elaboramos documentos basados en la Cedaw, que fueron los 5 primeros documentos públicos sobre políticas públicas de género, que no se han implementado por desidia e ignorancia, y violencia simbólica contra las mujeres por considerar estos temas como desvalorizados, y que de haberse hecho hubieran evitado, no solo las observaciones del Cedaw, 24 años después, sino muchas muertes de mujeres, mucho sufrimiento y parte de la rebaja de la calidad de vida, que se ha deteriorado en estos años en el país, sin duda, debido, en gran parte, al deterioro de la calidad de vida de las mujeres, 51% de la población, que afectan a sus hijos e hijas, al empobrecimiento femenino, a la desafectación social de muchas mujeres debido a la falta de empleo, a la baja calidad de los salarios, a la violencia doméstica, a los embarazos adolescentes, a la discriminacion en la familia y en la vida social, y al orden y sistema de género como a a los estereotipos que hoy día persisten en una sociedad que se cree aun y erróneamente avanzada.

El Estado uruguayo y el país tienen una deuda civilizatoria pendiente con sus mujeres desde hace muchos años y sólo la pueden saldar _sobre todo para las generaciones venideras_ cumpliendo de una vez los compromisos asumidos en 1975…. hace 34 años. No existe excusa alguna y sí responsabilidades políticas, sociales, económicas y culturales.



jueves, 19 de febrero de 2009

HIJOS DE SEGUNDA CLASE

En nuestro artículo pasado nos referimos al tratamiento de los hijos en los procesos de divorcio, que resultan rehenes de los conflictos no resueltos o mal resueltos por sus padres. 
Hoy nos vamos a referir a una situación que es mucho más dolorosa aún, y es la de los hijos que resultan ser producto de una infidelidad matrimonial. 
Imagino en mis lectores un silencio por demás expresivo, rostros sorprendidos por tocar un tema que no debe ser tocado. Es así como pretendemos ocultar una situación que conocemos como frecuente, pero que nos avergüenza. 
Hasta hace poco tiempo, en el Uruguay, el llamado “hijo adulterino” no podía, siquiera, ser reconocido por el padre o madre que estuviera casado, que tenía prohibido reconocerlo, y sólo podía hacerlo mediante testamento. Así se pretendía preservar la familia, la moralidad, evitar el escándalo, ocultando el hecho de su nacimiento, exponiéndolo a ser reconocido por alguien que no fuera su padre o madre, o, inclusive, ser inscripto en la partida de matrimonio de sus abuelos. 
Si bien eso fue modificado, y hoy se le otorga el derecho al padre o madre de reconocer a su hijo, derecho que se añade al ya existente de gozar de la correspondiente Pensión Alimenticia, aún subsiste el problema de cómo se hacen valer sus derechos, cómo se logra que los mismos se efectivicen, cuando quien debe prestar los alimentos o cumplir con sus deberes paternales, debe optar por hacerlo, y perder a la que considera "su familia" definitivamente. O no hacerlo, y sacrificar lo que sabe que es su sangre.  En esa inexorable división, obviamente, priorizará a su familia “oficial”, y relegará a un segundo plano la atención de ese otro hijo, que fue producto de un error y a quien no permitirá que perturbe, de ser posible, la “paz familiar” que quiere preservar. Y, del otro lado, será utilizado por quien tiene esperanzas de que esa familia se destruya, para cumplir el sueño de convertir lo que quizás haya una aventura pasajera, en una relación permanente. 
Aunque quizá, mediante un Juicio de Investigación de paternidad, ese hijo logre tener un apellido, no tendrá una familia; no gozará plenamente de todos los derechos inherentes a su estado de hijo, ni podrá aspirar a tener trato con sus medio-hermanos, que, si llegaran a enterarse de su existencia, verían en él al causante de la desdicha de su madre (o padre) por más que es sólo una víctima más de quienes no midieron las consecuencias de sus actos. 
Todo esto será sólo parte del estigma que lo acompañará toda su vida y le repetirá que no debió venir al mundo. No debió sacudir el letargo de un matrimonio que, quizás, sólo existía en el papel, o era sostenido por la conveniencia o la fuerza de la costumbre. O no debió interrumpir el sueño inconsciente de una joven a quien no importó ser el factor “desestabilizador” de una familia. 
Acostumbramos culminar estos artículos con un mensaje que abra una puerta de esperanza, sea apelando a un cambio de actitud en las personas, o a una legislación mejor. Sin embargo, en este caso, es bien difícil hacerlo de ese modo. Para quien no debió venir al mundo, no hay soluciones en él.
Le tocará crecer con ese estigma, y construir, en forma solitaria, una buena imagen de sí mismo, que le permita desarrollarse como ser humano libre y sanamente, exento de culpas que no le pertenecen, apoyado quién sabe en qué o en quién.

lunes, 26 de enero de 2009

CUANDO NO NOS SEPARA LA MUERTE

El Derecho de Familia tiene por cometido regular las cuestiones relacionadas con sentimientos humanos, ni más ni menos. De ahí su gran desafío, y oportunidad. 
Esta característica se hace más notable en el tratamiento de la institución fundada, propiamente, en el sentimiento que lleva a dos personas a decidir recorrer el camino de la vida juntos: el matrimonio.
Así, se establecen normas respecto a los impedimentos para su válida celebración, formalidades, régimen de bienes, obligaciones y derechos de los cónyuges, entre sí y para con quienes deberían ser depositarios de la más pura manifestación de aquel sentimiento, los hijos del matrimonio, y de éstos hacia sus padres, quienes están llamados a ser el soporte del pilar más importante de la sociedad, que es la familia.
Durante la vigencia del matrimonio, el cumplimiento o no de dichas normas se transforma, en la práctica, en una decisión personal, librada a las normas que la propia familia se autoimpone, y sin mayor repercusión social (salvo en casos excepcionales o patológicos como los sucesos de violencia familiar), y, por tanto, sin que el Derecho de Familia muestre su aplicación y necesidad. Los padres cumplen naturalmente la obligación de alimentar a sus hijos, los hijos obedecen o no a sus padres, en mayor o menor medida, los esposos cumplen o no el mandato de fidelidad, todo ocurre de manera más o menos pacífica dentro de las puertas de su casa. 
Pero cuando el matrimonio se disuelve, cuando aquéllos que decidieron recorrer el camino de la vida "hasta que la muerte los separe" deciden romper ese compromiso, es ahí donde el Derecho de Familia adquiere todo su valor social, con la misión de procurar que esa separación sea lo más justa y menos dañina para todos y cada uno de los miembros de la familia. 
Así, los esposos hacen el reparto de los bienes adquiridos durante la vigencia del matrimonio, en la forma acordada antes del mismo, en el caso de que hayan pactado un régimen específico, o por mitades, en el caso de que no lo hayan hecho, otorgándose las recompensas que fueran necesarias en el caso de que se hayan hecho mejoras durante el matrimonio en un bien que, por pertenecer al otro cónyuge con anterioridad al mismo, quedará en poder de ese cónyuge, evitándose así la posibilidad de un enriquecimiento-empobrecimiento injusto para alguno de ellos por causa del matrimonio y de su disolución. 
Pero qué sucede con quienes deberían ser destinatarios del amor más grande, y seres a cuyo respecto se tomasen las decisiones más sabias, en demostración de ese amor, es decir, los hijos de ese matrimonio, se consigue para ellos esa justicia y esa armonía? En un porcentaje tristemente alto de casos, la respuesta es no. 
Los hijos del matrimonio se transforman en objetos recipientes de los conflictos no resueltos entre los cónyuges, siendo utilizados por éstos para presionar y obtener sus respectivas demandas. 
Así, la madre solicita al padre una pensión alimenticia exorbitante para los ingresos del padre, a cambio de las visitas que, por tener al niño, tiene la posibilidad de limitar o, incluso, prohibir. El padre también utiliza el poder que le da el ser dador de alimentos, para lograr el logro de sus pretensiones, sin importarle, muchas veces, dejar al niño sin el contacto que necesita, y sólo necesita, sea el suyo, o el de su madre (en el caso de que, por alguna circunstancia, detente él la tenencia). 
Surgen falsas denuncias de agresión, generalmente de la mujer, con el fin de conseguir el alejamiento del padre, asegurándose la pensión, y tantas otras situaciones que no hacen más que sacrificar al niño, añadiéndole tensión a la ya traumática destrucción de su familia. 
Ante estos hechos, las modernas legislaciones han previsto institutos que acuden al llamado de proteger al niño (o adolescente, en su caso) de ser el rehén de situaciones que son producto de decisiones que, en absoluto, le son imputables. Ellos no pidieron que sus padres se casaran, no pidieron venir al mundo, y ahora, tampoco tienen nada que ver con su decisión de separarse, como tampoco son los culpables de las deudas pendientes, patrimoniales y no patrimoniales, que ambos puedan reclamarse. 
En esta dirección, se ha elaborado el concepto de "el interés superior del niño", refiriéndose al principio rector de las decisiones que los diferentes operadores de la Justicia deben tomar, sean Jueces, Fiscales, técnicos (sicólogos, asistentes sociales, etc.) e, inclusive, Abogados, aunque sean defensores de los respectivos padres. 
En este punto, el papel del Abogado del padre o madre estaría reñida, conceptualmente, con lo que significa, ontológicamente, su misión, que es la de defender a su cliente, con un criterio parcial, ya que, en este caso, se entiende que, aunque su cliente, esto es, quien paga sus honorarios, sea alguno de los padres, su cliente verdadero es el niño (o adolescente).
Previendo la dificultad que, para el Abogado, tiene este último aspecto, ya que es muy fácil involucrarse para el profesional de manera muy personal en este tipo de asuntos, por la naturaleza de su profesión y por la manera como son expuestos los casos por el padre que recurre a sus servicios, las legislaciones prevén la posibilidad de que el propio niño (o adolescente) tenga un Defensor propio, que vele por sus intereses, complementando la acción del Fiscal, que, en representación de la sociedad, también cumplirá el cometido de vigilar por su bien. 
Y es que, detrás de estos conceptos, se encuentra la idea de que el niño (o adolescente) no es un objeto de derechos, sino un SUJETO con derechos, inclusive, a comparecer en el proceso y tener su propio Defensor. 
Sin embargo, por perfectos que sean los institutos consagrados en las modernas legislaciones, si no se cuenta con la madurez y sensibilidad de las partes en el proceso, en este caso, los padres, todo lo que pueda escribirse se quedará en el papel.

martes, 13 de enero de 2009

LLEGAR AL FINAL

Entre los deseos más caros de todo ser humano, se encuentra el de la longevidad. Es común en cada cumpleaños acompañar el saludo con un espontáneo "por muchos años más". 
Algunos tienen la suerte de llegar a esa longevidad sin proponérselo, gozan de buena salud y viven muchos años sin mayor esfuerzo. Otros se esmeran especialmente en ese cometido, y hacen dietas, ejercicio, vida sana, actividad constante, intelectual y física, evitan el stress, visitan frecuentemente al médico para sus controles de rutina, etc. 
Lo cierto es que tener larga vida es el deseo de todo ser humano, y por eso todos sufrimos con sólo pensar que un día vamos a dejar este mundo, y nos preocupamos, de alguna u otra manera, por dejar algún legado a las generaciones futuras, que marque nuestro pasaje por él. 
Algunos llegan a la vejez en situación de indigencia, y es lamentable, sobre todo cuando no existe por parte del Estado una manera de ampararlos dignamente. Pero qué decir de los que llegan con patrimonio, expuestos a merced de quienes se aprovechan de su deterioro físico, sicológico, y su soledad?. 
Como aves rapaces, con el pretexto de cuidarlos y prodigándoles la dulzura que como niños necesitan, van apoderándose de sus jubilaciones, cuentas bancarias y propiedades. Muchas veces les basta una caricia para lograr su aberrante cometido, porque son concientes de los problemas familiares que han llevado al anciano a una situación de desamparo afectivo.  
Y si la caricia no fuera suficiente, qué anciano no necesita un sedante de vez en cuando, para aliviar los dolores propios de su edad, o que le ocasiona alguna enfermedad, o su propia ansiedad?  
Cuando eso suceda, no tendrán ningún empacho en prodigarle algún calmante, que lo ponga en un estado de vulnerabilidad en la cual firme documentos que ni siquiera leerá ni comprenderá, y que beneficien a aquel secuaz que se está llevando, quizás, el fruto del trabajo de toda su vida.  
Esas artimañas son hechas, muchas veces, con la ayuda de médicos sin escrúpulos que recetan medicamentos, Escribanos que autorizan escrituras (sobre todo, Poderes) que el anciano en uso pleno de sus facultades no hubiese otorgado, y tantos otros, que, utilizando una legislación insuficiente, abultan sus bolsillos a costa de la necesidad de su necesidad.  
Y así, es normal para los funcionarios de los Bancos ver a los dueños o empleados de casas de ancianos traerlo arrastrando para que retire dinero de su cuenta bancaria para dársela a su "cuidador", o a éste exhibir un Poder que lo habilita a hacer el retiro por sí mismo. Por nombrar una de las situaciones. 
Y qué decir de los Abogados? Somos quienes hacemos los juicios que declaran oficialmente a ese anciano "incapaz de dirigirse a sí mismo y administrar sus negocios", como reza el Código Civil. Somos quienes llevamos adelante el trámite que significa, ni más ni menos, matarlo en vida, poniéndolo, definitivamente, en manos de alguien cuyos intereses no han de ser tan altruistas, en muchos casos, y que mal velará por su debido bienestar, sino que utilizará las facultades concedidas por la ley para su protección, pero para administrar los bienes del anciano en su propio provecho. 
Claro que para cumplir con las garantías del anciano en la Curatela, se proporcionará un Defensor propio, quizás en ese desesperado intento del sistema de no dejar cabos sueltos, por lo menos, en apariencia. 
Pero, qué libertad para objetar el proceso tendrá ese Defensor cuando es pago por la parte que promueve el juicio, que suele ser, el aspirante a curador? Curiosamente, y, pese a que son bien conocidas y frecuentes las estafas cometidas contra ancianos, no se habla de reformar los institutos de protección existentes, por lo menos, no con el mismo énfasis que se pone en otros temas, como el aborto, por ejemplo. 
Sería bueno que se hiciese, no sólo por los ancianos de hoy, que están sufriendo esos atropellos, sino para quienes esperamos llegar a viejos sin temor. Y que el bienintencionado "por muchos años más", no se transforme, en los hechos, en una maldición.