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martes, 26 de mayo de 2009

RECOMENDACIONES JURÍDICAS PARA QUE UNA EMPRESA EMPIECE SU NEGOCIO EN LA WEB.-

Por: Germán Realpe Delgado

Cuando un empresario quiere iniciar un negocio en línea en muchas ocasiones, no sabe a que normatividad jurídica debe acogerse, o que mecanismos debe buscar para que su negocio sea acorde con las tecnologías de la información y con las normas jurídicas.

A continuación, se señalan algunas normas y recomendaciones que debe tener en cuenta un empresario para empezar su negocio en línea.

1. LEY 527 DE 1999

Desde 1999, Colombia tiene una ley de comercio electrónico, pero más que una Ley sobre comercio electrónico, es una Ley que introduce en Colombia la definición del mensaje de datos, el equivalente funcional y la firma electrónica.

De los aspectos mas relevantes de la Ley es introducir el significado del equivalente funcional al mencionar que cuando se exija que la información conste por escrito, ese requisito quedará satisfecho con un mensaje de datos, si la información que éste contiene es accesible para su posterior consulta.

La ley 527 de 1999, define el mensaje de datos como a información generada, enviada, recibida, almacenada o comunicada por medios electrónicos, ópticos o similares, como pudieran ser, entre otros, el Intercambio Electrónico de Datos (EDI), Internet, el correo electrónico, el telegrama, el télex o el telefax.

El comercio electrónico es definido como las cuestiones suscitadas por toda relación de índole comercial, sea o no contractual, estructurada a partir de la utilización de uno o más mensajes de datos o de cualquier otro medio similar.

Pero por qué, es importante tener en cuenta para una persona que quiere iniciar un negocio online La Ley 527, en primer lugar por que la Ley al introducir el concepto de mensaje de datos da la libertad para que los empresarios, sin importar la tecnología puedan utilizar información en sus portales e intercambiarla con sus usuarios, eso si respetando criterios jurídicos como el de la seguridad de la información y la regulación sobre habeas data.

El mensaje de datos es admisible como medio de prueba si respeta los criterios de la Ley 527 de 1999, por lo tanto es una herramienta para que un empresario se abstenga de usar el papel y utilice los medios electrónicos en su negocio.

Así mismo, los empresarios pueden ofrecer en sus portales herramientas de firma electrónica para garantizar que la información es autentica, original y no ha sido modificada.

2. FACTURA ELECTRÓNICA

En Colombia desde 1995, se tiene normas sobre la Factura Electrónica, pero con la expedición del Decreto 1929 de 2007, se empieza un nuevo período en Colombia para la implementación de la factura electrónica por parte de las empresas.

La factura electrónica es definida por el Decreto 1929 de 2007, como el documento que soporta transacciones de venta de bienes y/o servicios, que para efectos fiscales debe ser expedida, entregada, aceptada y conservada por y en medios y formatos electrónicos, a través de un proceso de facturación que utilice procedimientos y tecnología de información, en forma directa o a través de terceros, que garantice su autenticidad e integridad desde su expedición y durante todo el tiempo de su conservación.

Las empresas que implementen la factura electrónica con sus clientes reducen costos, son más eficientes y contribuyen con el medio ambiente al suprimir grandes volúmenes del papel.

En Colombia teniendo en cuenta el Decreto 1929 de 2007, su reglamentación dada por la Resolución No. 1446528 de 2007, las empresas pueden implementar la factura electrónica previo la obtención de unos requisitos exigidos por la Ley.

Como recomendación una empresa que empiece a funcionar en Internet, que quiera reducir costos, que quiera usar canales electrónicos, puede ver en la factura electrónica un excelente aliado.

3. SEGURIDAD Y MANEJO DE LA INFORMACIÓN

En Colombia con la expedición de la Ley 1266 de 2008 sobre Habeas Data, y la Ley 1279 de 2009 sobre delitos informáticos, nace una nueva era para el manejo de información.

Así mismo, Colombia hacer parte de Convenios Internacionales como el de Cibercriminalidad de Budapest, en donde es fundamental proteger las redes informáticas y la información electrónica.

Los empresarios que quieran empezar con un nuevo negocio deben respetar y tener en cuenta los criterios jurídicos de las nuevas Leyes. La información es un bien jurídico tutelado, por lo tanto toda la información sensible sobre los clientes debe ser manejada con sumo cuidado, ya que la información pertenece a su titular y siempre esté debe autorizar que quiera que se haga con su información.

Las empresas que empiecen un negocio en Internet deber realizar políticas de seguridad de la información, deben tener los suficientes mecanismos tecnológicos y jurídicos para que la información de sus clientes no sea conocida por terceros.

Las empresas deben proteger los datos personales de sus clientes, la información debe ser siempre resguardada, y usada teniendo en cuenta el fin por el cual el cliente la entrego.

Es delito y tiene consecuencias penales el usar, distribuir, vender, ofrecer, intercambiar, interceptar, divulgar, y modificar los datos personales incluidos en ficheros, archivos, bases de datos o medios semejantes.

Las personas y las empresas deben conocer que los delitos informáticos son regulados en Colombia, por lo tanto se debe tener mucho cuidado con el uso que se le de a los sistemas informáticos, la interceptación de datos informáticos, el uso de software malicioso, la suplantación de sitios Web, transferencia no consentida de activos y conductas que puedan tipificarse como Delitos contra la información.

Así mismo, las empresas deben conocer que existen estándares internacionales como las Normas ISO 27001 y 27002, los cuales son fundamentales para crear un modelo de gestión de seguridad de la información.

4. CONTRATOS INFORMÁTICOS

Es muy común en el uso de tecnología, la realización de contratos informáticos las empresas deben asesorarse muy bien en la construcción de contratos informáticos, entendiendo contrato informático como el que recae sobre un bien informático.

Las cláusulas de los contratos deben ser sumamente claras, se debe introducir tanto las estipulaciones técnicas como la voluntad de las partes en la realización del contrato.

Cuando una compañía desarrolle un Software debe mirar cual es la mejor manera jurídica para comercializarlo, ya sea por un contrato de licenciamiento de Software o si debe cederlo con todo y su código fuente.

El manejo jurídico que le de a este tipo de contratos es fundamental para el progreso de la empresa, y se debe señalar que muchos de estos contratos son atípicos, por lo tanto no están regulados por la Ley.

Se debe resaltar, que cada proyecto en donde se tenga como fin ofrecer un bien o servicio informático tiene una especialidad distinta, lo anterior considerando la especialidad de sus aspectos tecnológicos, el vocabulario técnico y jurídico que puede tener la solución o la aplicación a desarrollar.

Se debe dejar muy claro en la realización de proyectos tecnológicos las etapas a realizar, entre ellas la poscontractual, contractual y se recomienda realizar un documento de alcance del proyecto para solucionar cualquier controversia.

Se recomienda tener una asesoría de un profesional del Derecho Informático cuando se tengan dudas en la redacción del contrato.

5. TELETRABAJO

En Colombia existe la Ley 1221 de 2008 sobre Teletrabajo, una empresa puede reducir costos implementando el teletrabajo como una opción de generación de empleo utilizando diferentes herramientas tecnológicas.

El teletrabajo puede ser una herramienta fundamental para el desarrollo de una compañía, ya que reduce costos en instalaciones, en pago de servicios públicos, y en el trasporte de sus trabajadores.

Se debe tener en cuenta que la Ley da unos requisitos y derechos que deben tener los teletrabajadores, el teletrabajo puede se una opción para grandes ciudades en donde el desplazamiento puede ser inconveniente para una empresa que está iniciando un negocio.

6. MEDIO AMBIENTE Y EL DERECHO

El empresario debe conocer que al remplazar el uso de papel por medios electrónicos está contribuyendo con el medio ambiente.

Se debe remplazar el papel por el uso de tecnología, la Ley 527 de 1999 da todas las herramientas para que el uso de mensaje de datos tenga el mismo equivalente y fuerza probatoria que el papel.

Las empresas que empiecen un negocio en Internet, deben saber que tienen una responsabilidad social y ambiental, por lo tanto el uso de tecnología es fundamental para contribuir con el desarrollo sostenible del planeta.

7. DERECHOS DE AUTOR

Los empresarios deben conocer que muchas imágenes, sonidos, contenidos en la red tienen derechos de autor. Los derechos de autor son el conjunto de derechos, facultades de carácter moral y patrimonial que son reconocidos a los autores en virtud de su esfuerzo intelectual al crear una obra.

En Colombia existen varias normas en temas de Derechos de autor, las empresas deben tener un deber de cuidado en el uso de imágenes, sonidos y contenidos que utilicen en sus negocios.

Así mismo, existen modelos alternativos como el de Creative Commons, el cual puede considerar una empresa para el manejo de los derechos de autor en la red.

Para tener en cuenta…..

En la actualidad el uso de la tecnología puede generar efectos jurídicos, en Colombia existen varias normas en donde se regula el uso de algunas tecnologías y servicios de la sociedad de la información.

Los empresarios deben asesorarse cuando quieran implementar un negocio en la red, el uso de medios electrónicos puede exponer la información o la integridad de una persona.

El derecho y la tecnología van de la mano.

Fuente: derechoinformatico.ning.com